David A. Sanmartín, socio director de Grupo HAS – Detectives, es detective privado y abogado, consultor de seguridad privada y profesor de investigación privada en la Universidad de Salamanca y en el curso avanzado de investigación del Colegio Oficial de Detectives Privados de Catalunya. Escribe sobre investigación privada, inteligencia, soporte en litigios y compliance. Es representante en España de la World Association of Detectives (WAD).
D. David A. Sanmartín, es usted socio director de Grupo HAS. ¿A qué se dedica su empresa y en qué está especializada?
GRUPO HAS es un despacho de investigación privada. La fundó Hugo Sanmartín, mi padre, en 1972, y ha estado siempre focalizado en la investigación empresarial. Estamos especializados en la detección y prueba del fraude en la empresa (interno o externo) y en el área de derecho de la competencia: competencia desleal entre empresas y propiedad industrial (patentes y marcas). También nos especializamos en el ámbito preventivo: verificación previa de directivos, socios, proveedores, clientes… En resumen: inteligencia para la toma de decisiones.
¿Puede explicar qué es la inteligencia confidencial?
Cuando actualizamos nuestro sitio web por última vez, preparamos nosotros mismos los textos de lo que queríamos transmitir a nuestros clientes. Luego los enviamos a un redactor/comunicador profesional, para que los revisara. Fue él el que creó el término «inteligencia confidencial» para referirse a lo que nosotros habíamos explicado como información para la toma de decisiones. Al principio nos sonó extraño, raro: a veces, la costumbre es el principal obstáculo al progreso. Pero luego nos dimos cuenta que definía perfectamente nuestro trabajo en ese ámbito: aportamos a nuestros clientes información contrastada, relevante y relacionada (es decir: inteligencia), de forma confidencial y destinada a que puedan tomar decisiones empresariales reduciendo el riesgo de la incertidumbre.
D. David A. Sanmartín, usted publicó un artículo titulado « Cómo ganar un torneo de pádel estando de baja por una lesión en la rodilla ». ¿Cómo se puede demostrar si una determinada conducta de un trabajador implica transgresión de la buena fe contractual?
Nosotros nunca calificamos los hechos: esa es función del juez. Ese fue un caso de un trabajador que llevaba mucho tiempo en baja laboral, como consecuencia de una operación en la rodilla. Lo que se aportó fue un detalle de las actividades del trabajador mientras estaba de baja médica para reponerse de la operación. Nuestro trabajo consiste en aportar a la empresa toda esa información y las pruebas y, después y dependiendo de la decisión que toma la empresa, darle soporte en cualquier proceso judicial en el cual se deban acreditar esos hechos que hemos descubierto. Es entonces cuando el juez tiene elementos para declarar si el trabajador ha incumplido sus obligaciones, lo que supone la transgresión de la buena fe.
También trabajan ustedes sobre asuntos de competencia desleal. ¿Podría poner un caso real al respecto?
Los casos de competencia desleal van desde el trabajador que concurre con la empresa (en un caso, el trabajador, responsable de almacén, hurtaba productos de la empresa que posteriormente vendía en un negocio propio) hasta empresas que se apropian de información de competidores. El abanico es muy amplio. En un caso, se descubrió y acreditó que un trabajador de una empresa transmitía información de las ofertas realizadas a clientes potenciales, a una firma competidora. La firma competidora se dirigía a dichos clientes para ofertar sus servicios a un precio inferior. En otro caso, se determinó y acreditó que una empresa de tratamiento de residuos no cumplía las obligaciones en relación a la gestión de los mismos, tirándolos directamente a un vertedero ilegal. Esto le permitía ofrecer un precio notablemente más barato, lo que se traducía en más contratos, en detrimento de aquellas que sí operaban lícitamente en el sector.
¿Qué es el compliance y cómo puede un investigador privado contribuir a él?
Compliance es un término que significa cumplimiento (normativo). Actualmente se utiliza para referirse a una serie de obligaciones que se han impuesto a las empresas para prevenir los delitos en su seno, especialmente aquellos relacionados con la corrupción pública y privada: sobornos, pago de comisiones ilegales o gratuidades equivalentes, abuso de relaciones personales con funcionarios, fraude fiscal y laboral y similares. Para atender estas obligaciones, la empresa necesita información previa a determinadas decisiones (por ejemplo, antes de contratar a un directivo o a un proveedor, o de aceptar determinados clientes), medidas de supervisión durante la relación con terceros y la investigación de alertas y denuncias. Para todo ello, la investigación privada es la mejor herramienta, además de ser, en muchos casos, la única legalmente posible. En relación con el compliance, se ha de señalar que la corrupción, pública o privada, es también una forma de competencia desleal entre empresas.
Grupo HAS se fundó en 1972. ¿Qué criterio tiene de la evolución de la profesión del detective privado desde entonces hasta la actualidad?
Extraordinariamente positivo. GRUPO HAS se fundó cuando en España la investigación privada estaba regulada por una Orden Ministerial, una especie de reglamento menor, que ni siquiera decía qué era investigación privada. Se regulaba a los detectives, no a la actividad. Para ser detective no se exigía ninguna formación específica: sólo haber aprobado la educación secundaria.
Hoy tenemos una ley que define cuáles son nuestras funciones y que éstas sólo las podemos prestar los detectives privados. Para ser detective se exige un título universitario de 3 años o un grado oficial en investigación privada, y nuestros informes y testimonio están previstos en la ley procesal civil. Asimismo, existen colegios profesionales en 3 comunidades, somos miembros de la Comisión Nacional de Seguridad Privada, etc. Todo esto se ha traducido en un mayor y mejor conocimiento de nuestro sector por otros operadores jurídicos y por la sociedad en general. Al margen de que siempre hay cosas mejorables y que no hay que dejar de luchar por conseguir esas mejoras, la evolución de la investigación privada y de los detectives privados en España, desde 1972, ha sido extraordinaria. Y eso es algo que debemos agradecer (y mucho) a los que nos han precedido.
¿Y cómo ve el porvenir de la investigación privada?
Extraordinario, también. Pero es necesario que sigamos en el camino de mejora permanente, individualmente y como colectivo. No se trata sólo de continuar los esfuerzos para mejorar la regulación legal. Es, también y especialmente, ser conscientes de la responsabilidad que tenemos como profesión regulada: formación permanente, calidad de servicio, exigencia… Nada puede sustituir todo eso.
D. David A. Sanmartín, quien quiera contactar con usted o el Grupo HAS, ¿cómo lo puede hacer o dónde lo puede encontrar?
Nadie necesita contratar a un detective para encontrarnos: estamos en una oficina propia en Barcelona (Balmes, 200, 6-1, 08006 Barcelona), tenemos sitio web con información detallada de quiénes somos y qué hacemos (https://has.es) y también se nos puede contactar por teléfono (+34 93 4160001) y por e-mail (dsanmartin@has.es).
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